Deducciones fiscales por I+D+i para transformar el modelo productivo

Deducciones fiscales por I+D+i para transformar el modelo productivo

4 min.

Deducciones fiscales por I+D+i para transformar el modelo productivo

deducciones-fiscales-innovacion-desarrolloEn una época marcada por los recortes presupuestarios a la investigación, desarrollo e innovación empresarial (I+D+i), la administración mantiene su apuesta por el sistema de deducciones fiscales en este ámbito como una de las principales herramientas para fomentar el cambio de modelo productivo y la mejora de la competitividad.

Las deducciones fiscales por actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) están reguladas por el Real Decreto 4/2004 de 5 de marzo, texto modificado por la ley 35/2006 del 28 de noviembre. Estas desgravaciones se han visto reforzadas por la Ley de Economía Sostenible Ley 2/2011, de 4 de marzo. Su aplicación permite a las empresas recuperar por la vía de la deducción un 42% de la inversión en I+D y un 12% de la inversión en innovación tecnológica. Aunque el límite de cuota deducible es del 50% las deducciones son acumulables como crédito fiscal y aplicables durante 18 años.

A pesar del atractivo del incentivo, su complejidad y el miedo a una posible inspección hacen que muchas empresas no lo utilicen o no aprovechen todo su potencial. Al año ya son más de 6.000 empresas las que solicitan esta deducción I+D+i, siendo, más de la mitad de las beneficiarias, pequeñas empresas que sacan nuevos productos o desarrollan mejoras innovadoras en su proceso productivo o simplemente incorporan nuevas tecnologías.

En ese sentido, resulta clave destacar el papel de la certificación, a  través de una entidad acreditada por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación), como mecanismo para superar la incertidumbre e inseguridad de este tipo de deducciones. La certificación establece la naturaleza técnica de los gastos asociados a un proyecto de I+D+i, es decir, si son de Investigación y Desarrollo o Innovación Tecnológica. Su obtención, por tanto, aporta seguridad jurídica a la deducción y sirve para que el Ministerio de Economía y Competitividad emita un informe motivado que será vinculante ante Hacienda.

Bonificaciones a las cotizaciones

El Ministerio de Economía y Competitividad recupera en 2013 las bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social para el personal investigador que se dedique en exclusiva a actividades de I+D+i. Estas bonificaciones, que alcanzan el 40% de las cotizaciones por contingencias comunes a cargo del empresario, serán compatibles con otras deducciones que se puedan establecer por I+D+i.

Hasta ahora, las bonificaciones a las cotizaciones a la Seguridad Social del personal investigador han sido un incentivo utilizado principalmente por empresas que tenían resultados negativos  o un crédito fiscal elevado. Si se establece la compatibilidad con las deducciones fiscales por I+D+i las empresas tendrán un incentivo adicional que será de gran ayuda para mantener o incrementar sus inversiones de I+D.

El "Patent Box" es otro incentivo por el que se apuesta fuerte en este 2013. Esta reducción fiscal, que está amparada en el artículo 23 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, consiste en la reducción del 50% de la base imponible generada por los ingresos brutos procedentes de la cesión de determinados activos intangibles creados por la empresa. El "Patent Box", compatible con otros incentivos fiscales por I+D+i y aplicable en entidades que tributen en el régimen de consolidación fiscal, permite recuperar el coste del activo generado.

Desde el Ministerio se trabaja en la posibilidad de establecer un mecanismo similar al informe motivado para deducciones por I+D+i, que ofrecería plena seguridad jurídica al incentivo conocido como “Spanish Patent Box” basado en la certificación del activo intangible y del coste de cesión por parte de una entidad acreditada por ENAC.

Otro factor que refuerza el papel de los incentivos a la I+D+i, es el límite temporal a la compensación de bases imponibles negativas en función del importe neto de la cifra de negocios, medido a nivel del grupo fiscal. Esto es, para grupos con cifra de negocios entre 20 y 60 millones de euros el porcentaje máximo para aprovechar dicho crédito fiscal será del 50% de la base imponible previa del grupo, mientras que para grupos con cifra de negocios superior a 60 millones, la compensación estará limitada al 25%.

Es importante establecer una estrategia fiscal vinculada a la I+D+i para maximizar los resultados y asegurar los incentivos utilizados frente a una inspección de la Administración Tributaria. La óptima utilización de los incentivos vigentes aumenta considerablemente la rentabilidad de la inversión e implica un efecto financiero inmediato sobre el Resultado Neto y los Fondos Propios.

Ventajas de las deducciones fiscales

Las deducciones fiscales son uno de los instrumentos utilizados por la Administración General del Estado para fomentar determinadas actividades. En este caso, los incentivos fiscales están enfocados al impulso de la investigación, el desarrollo y la innovación.

Frente a otras técnicas de fomento, las deducciones fiscales presentan las siguientes ventajas: Tienen unos efectos económicos equiparables a los de la subvención, pero no tributan. La aplicación es libre y general al no estar sometido a concurrencia competitiva con un presupuesto predefinido. La deducción fiscal es proporcional a las actividades de I+D+i desarrolladas. Además cabe su aplicación en ejercicios posteriores.


¿Cuál es tu reacción?


Otras etiquetas relacionadas

Declaración de la Renta