Ayudas del CDTI para internacionalizar  los resultados de I+D de las Pymes

Ayudas del CDTI para internacionalizar los resultados de I+D de las Pymes

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Ayudas del CDTI para internacionalizar los resultados de I+D de las Pymes

El Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) ofrece una guía práctica de ayudas a Proyectos de Internacionalización de los Resultados de la I+D (INNTERNACIONALIZA). Su objeto es potenciar la explotación internacional de los resultados de las actividades de I+D realizadas por las Pymes españolas, y superar las barreras inherentes a un proceso de internacionalización de tecnología propia en los mercados exteriores.

LABORAL Kutxa ayudas CDTICriterios de evaluación de proyectos

La evaluación de los proyectos INNTERNACIONALIZA gira en torno a los siguientes criterios: impacto de las actividades del proyecto en la internacionalización de la empresa; capacidad de la empresa para acometer las actividades de internacionalización propuestas; mercado potencial de la tecnología; y nivel de la tecnología objeto de internacionalización; y efecto incentivador: Con el fin de asegurar el carácter incentivador de la ayuda, sólo se podrán financiar proyectos que no hayan comenzado con anterioridad a la fecha de entrada de las solicitud de ayuda.

INNTERNACIONALIZA financia las actuaciones derivadas de un plan estructurado de internacionalización, con objetivos empresariales bien definidos y un plan de trabajo coherente, pudiendo incluir actividades de transferencia de tecnología, adaptación de la tecnología desarrollada a los requerimientos de mercados internacionales y promoción.

Esta ayuda se incluye en los regímenes de ayudas a las PYMEs para financiar los costes de derechos de propiedad industrial y ayudas a las PYMEs para servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación, previstas en los artículos 33 y 36, respectivamente, del Reglamento (CE) Nº 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado.

Beneficiarios y presupuestos

Los beneficiarios  son cualquier Pyme española que quiera internacionalizar su tecnología. Esta puede haber sido desarrollada por la empresa en un proyecto CDTI anterior, en un proyecto financiado por otra Administración o en un proyecto llevado a cabo con los recursos propios de la empresa.

El presupuesto financiable mínimo es de 75.000 €. Los conceptos financiables son los siguientes: internacionalización de la propiedad industrial; costes previos a la concesión del derecho en la primera jurisdicción, incluidos los costes relativos a la preparación y presentación de la solicitud, así como los de renovación de la solicitud en que se haya incurrido con anterioridad a la concesión del derecho.

INNTERNACIONALIZA  también financia los costes asociados a la validación o concesión del derecho en otras jurisdicciones (costes de traducciones, etcétera); y los costes de defensa de la validez del derecho en que se haya incurrido con motivo de la tramitación oficial de la solicitud y en eventuales procedimientos de oposición, aunque dichos costes se produzcan con posterioridad a la concesión del derecho.

También son financiables los servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación en los ámbitos de asesoramiento en gestión, asistencia tecnológica y servicios de transferencia de tecnología. En particular, se financiarán las actividades de asesoramiento orientadas a la adaptación de tecnología para su internacionalización; asesoramiento sobre el uso de normas, en particular, sobre homologaciones y certificaciones que faciliten la internacionalización; servicios de apoyo a la innovación ligados a actividades de internacionalización: bancos de datos, bibliotecas técnicas, estudio de mercados (estudios de promoción en el exterior).

Periodo del proyecto

La duración del proyecto se sitúa entre 6 y 24 meses. La modalidad y cuantía de la financiación CDTI ofrece una ayuda parcialmente reembolsable con una cobertura financiera de hasta el 75 % del presupuesto aprobado con un tramo no reembolsable del 5%.

 


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